El DOGV num 9237/17.12.2021 ha publicado RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones a proyectos de digitalización de pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2022, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Beneficiarios
Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 55 de las bases reguladoras
Deberán desarrollar actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE 2009, aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 102, 28.04.2007):
Actuaciones subvencionables
Proyectos de Digitalización de Pyme concretados en la Memoria presentada por las empresas solicitantes siempre que reúnan los requisitos previstos en el artículo 56 de las bases reguladoras. Los proyectos deben estar relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:
El presupuesto subvencionable de cada proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.
Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.
Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos, sobre un total de 100 puntos, atendiendo a criterios de:
Costes subvencionables
Dotación presupuestaria y cuantía de las ayudas
La dotación presupuestaria de la convocatoria es de 8.000.000,00 euros con cargo a la línea S6722000 Investigación, Desarrollo e Innovación Empresarial del ejercicio 2022.
La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.
La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales
Presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022 a las 23:59.59 horas.
La tramitación de la solicitud -cumplimentada según el modelo disponible en la página web http://www.ivace.es– supone la firma de la misma y de sus anexos, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de dicha página web
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Plazos
Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha de los justificantes de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior, y al menos uno de ellos sea de fecha posterior a la de solicitud de la ayuda.