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Convocatoria 2022 DIGITALIZA CV
FEB 2022

Plazo de presentación del 12/01/2022 al 03/03/2022

El DOGV num 9237/17.12.2021 ha publicado RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones a proyectos de digitalización de pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2022, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Beneficiarios

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 55 de las bases reguladoras

Deberán desarrollar actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE 2009, aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 102, 28.04.2007):

  • Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
  • Sección H-Divisiones 49 a 53
  • Sección J-Divisiones 58 a 63
  • Sección M-Divisiones 69 a 74

Actuaciones subvencionables

Proyectos de Digitalización de Pyme concretados en la Memoria presentada por las empresas solicitantes siempre que reúnan los requisitos previstos en el artículo 56 de las bases reguladoras. Los proyectos deben estar relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:

  • Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios
  • Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso
  • Sistemas de planificación de recursos empresariales, comercio electrónico, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular
  • Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones

El presupuesto subvencionable de cada proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.

Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.

Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos, sobre un total de 100 puntos, atendiendo a criterios de:

  1. Calidad del proyecto. Máximo: 50 puntos.
  2. Viabilidad técnica del proyecto. Máximo: 20 puntos
  3. Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 20 puntos.
  4. Características de la empresa solicitante. Máximo: 10 puntos

Costes subvencionables

  • Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento
  • Adquisición de activos materiales:
  • Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del resto de costes subvencionables o 14.500 euros

Dotación presupuestaria y cuantía de las ayudas

La dotación presupuestaria de la convocatoria es de 8.000.000,00 euros con cargo a la línea S6722000 Investigación, Desarrollo e Innovación Empresarial del ejercicio 2022.

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 40 %
  • Mediana empresa: hasta el 30 %.

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.
La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales

Presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022 a las 23:59.59 horas.

La tramitación de la solicitud -cumplimentada según el modelo disponible en la página web http://www.ivace.es– supone la firma de la misma y de sus anexos, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de dicha página web

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Plazos

  • El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible, siendo requisito imprescindible que el proyecto no haya finalizado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha de los justificantes de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior, y al menos uno de ellos sea de fecha posterior a la de solicitud de la ayuda.

  • Se admitirán los pagos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2022 y hasta la fecha de justificación del proyecto.
  • La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 9 de febrero de 2023.
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