1. ÚNICAMENTE PRESENTACIÓN TELEMÁTICA (a través de la Sede Electrónica de la GV).
✔ Si la solicitud es presencial, no será considerada. Se podrá subsanar si se presenta en plazo de forma telemática.
✔ La documentación que se adjunta debe firmarse electrónicamente (si requiere firma).
2. BENEFICIARIOS: LOS QUE SE INDIQUEN EN CADA AYUDA.
3. PLAZOS DE REALIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN.
✔ Emprenem Comerç: el establecimiento debe abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2021. Justificación hasta el 14 octubre de 2022.
✔Ferias comerciales: asistencia y realización hasta el 20 de noviembre de 2022. Excepcionalmente, hasta el 11 de diciembre de 2022. Justificación hasta el 25 de noviembre o, excepcionalmente, 10 días naturales después de la finalización del certamen.
✔ Las acciones del resto de ayudas deberán realizarse hasta el 31 de octubre 2022. La justificación podrá realizarse hasta el 9 de noviembre de 2022.
4. OBLIGACIÓN DE DAR PUBLICIDAD A LA AYUDA OBTENIDA Y DE INCLUIR EL LOGO DE LA CONSELLERIA.
SUBVENCONES:
Pinche aqui para acceder al resumen de las subvenciones.